COMISION DE EJERCICIO PROFESIONAL
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESION

La ley 9806 de Ejercicio Profesional menciona en su ARTICULO 10, que: son atribuciones del Colegio de Nutricionistas ´Combatir el ejercicio ilegal de la profesión del nutricionista en todas sus formas, realizando las denuncias ante las autoridades u organismos pertinentes´, y el ARTICULO 43 del Estatuto que: son obligaciones de los colegiados ´Denunciar ante el Consejo Directivo los casos de su conocimiento que configuren ejercicio ilegal de la profesión.

PROTOCOLO DE DENUNCIAS
  • La población general puede enviar sus denuncias al mail de la comisión: ejercicioprofesional@conuer.com.ar
  • Los nutricionistas matriculados lo harán ingresando con su usuario y contraseña y siguiendo los pasos correspondientes.

¿Cuándo es necesario realizar una denuncia?

En las siguientes situaciones:

  • Personas que realizan tareas o actividades propias del nutricionista sin poseer título habilitante
  • Nutricionistas que en ejercicio de la profesión, no tengan matrícula otorgada por CONUER
  • Ofertas de cursos, capacitaciones, talleres, salida laboral y títulos, sin ser éstos habilitantes.

¿Qué necesito para  realizar una denuncia?

Es necesario tener:

  • Pruebas del posible ejercicio ilegal: captura de pantalla, folletos, etc.
  • Domicilio real de las personas y/o lugares denunciados y de ser posible correo electrónico
  • Ambos requisitos son necesarios para poder dar curso a las denuncias, ya que de otro modo no pueden enviarse cartas documento o dar aviso a los organismos que tengan que intervenir dependiendo el caso.

¿Cómo sigue el trámite una vez realizada la denuncia?

Se hace entrega de un nro. de trámite para que el denunciante pueda realizar el seguimiento del proceso.

¿Figura mi nombre en la  denuncia?

El nombre del denunciante se mantiene anónimo

¿Por qué hay denuncias que son desestimadas?

  • Porque no se pudo comprobar fehacientemente el ejercicio ilegal o la oferta educativa engañosa.
  • Porque la persona y/o institución denunciada se encuentra en otra jurisdicción fuera de la provincia de Entre Ríos. En ciertos casos pueden elevarse a instituciones que tengan competencia.
  • Porque hay profesiones que comparten incumbencias con el nutricionista, no considerandose ello ejercicio ilegal.
  • Porque la denuncia no encuadra como ejercicio ilegal, sino falta de ética (en caso de que el denunciado sea un nutricionista matriculado), en cuyo caso deberá elevarse la denuncia al Tribunal de Ética y Disciplina.

“El Colegio realiza las denuncias ante los organismos competentes, pero no puede ni tiene la facultad de sancionar directamente a aquellas personas que ejercen ilegalmente nuestra profesión, ya que ésta, no es una facultad delegada por la ley 9806”